¿Cómo serán los congresos, ferias y eventos con la nueva normalidad en Madrid?

¿Cómo serán los congresos, ferias y eventos con la nueva normalidad en Madrid?

“jun 24 · 3 Min. de lectura«

Todas las comunidades han implementado una serie de normas para prevenir los contagios de coronavirus en la celebración de congresos y reuniones profesionales.

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid establece una vuelta a la nueva normalidad en dos etapas: la primera del 21 de junio al 5 de julio y una segunda a partir del 6 de julio. Sus directrices generales permiten un aumento del aforo en los espacios cerrados hasta el 60% durante la primera quincena y el 75% después. En espacios abiertos un 80% primero y un 100% después.

Te resumimos las normas que rigen ahora en la Comunidad de Madrid. El Gobierno regional ha establecido dos fases en su propio plan de reactivación.

Celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias, eventos, ferias y actos similares

Primera etapa: hasta el 5 de julio de 2020 podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos y actos similares promovidos por cualquier entidad, de naturaleza pública o privada, siempre que no se supere el 60% del aforo permitido del lugar de celebración y con un límite máximo de 80 personas para lugares cerrados y de 800 personas tratándose de actividades al aire libre.

Segunda etapa: desde el 6 de julio de 2020 y mientras la situación epidemiológica lo aconseje, el porcentaje se incrementará hasta el 75% con un límite de 300 personas sentadas para lugares cerrados y de 1000 personas sentadas al aire libre.

Distancias

Deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros durante su celebración o, en su defecto, la utilización de medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla. Además, siempre que sea posible, se harán itinerarios diferenciados de entrada y salida de asistentes.

Catering

Además del cumplimiento general de las medidas de higiene y prevención establecidas, en el caso de que se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, la prestación de este se ajustará a lo previsto en las condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración.

¿Y para el caso concreto de ferias y actividades similares?

Se aplican las mismas normas de aforo, condiciones de gestión de la distancia/mascarilla y catering que la tipología de eventos anterior.

La Comunidad de Madrid dicta que:

– se establecerán procedimientos que permitan el recuento y control de asistencia, de forma que el aforo permitido no sea superado en ningún momento.

– queda suspendida la realización de cócteles o eventos similares asociados a la actividad ferial.

– se podrá denegar el acceso a las instalaciones a los usuarios que no porten mascarilla mientras sea obligatorio su uso y no estén exentos de su utilización.

– los organizadores de estas actividades deberán presentar el protocolo de medidas de seguridad, higiene y prevención a implementar en el desarrollo de la actividad.

En resumen, la regla general en todas las comunidades es extremar la higiene y desinfección en las instalaciones, y el distanciamiento interpersonal de 1,5 metros. Pese a la reducción previa de aforo con respecto a otras comunidades como Galicia y a la obligación de permanecer sentados, el aforo de partida condice con la situación actual. En cuanto a distancia la ley habla de “procurar mantener la distancia o en su defecto, la utilización de medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla”.Esta idea de que se pueda reducir la distancia en caso de llevar mascarilla (que refleja también Galicia) posibilitará retomar la actividad de eventos con esta norma.

Fuentes:

https://www.eventoplus.com/noticias/la-comunidad-autonoma-de-madrid-publica-sus-normas/

http://www.nexotur.com/noticia/108208/CONEXO/Cataluna-Madrid-Pais-Vasco-y-Cantabria-fijan-sus-normas-para-celebrar-congresos.html


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