La factura electrónica obligatoria no es un proyecto informático: es un proyecto de tesorería

Por Diana Salazar, B2B Sales Manager de Generix
En 2025, el período medio de pago de las empresas españolas fue de 80,5 días, un 34 % por encima del máximo legal de 60, según el Observatorio de Morosidad de CEPYME. La encuesta de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad añade un dato más revelador: el 85 % de las grandes empresas supera el plazo legal y el 89 % de los proveedores nunca o casi nunca reclama los intereses de demora. El retraso ha sido difícil de demostrar y caro de reclamar. La factura electrónica obligatoria va a cambiar eso, no porque obligue a pagar antes, sino porque obliga a dejar constancia de cuándo se paga.
Lo que dice la norma
El Real Decreto 238/2026, publicado en el BOE el 31 de marzo, desarrolla la Ley Crea y Crece. Exige emitir y recibir facturas en formato estructurado (modelo europeo EN 16931, en sintaxis CII, UBL, EDIFACT o Facturae). Pero lo más relevante para un director financiero no es el formato, sino el artículo 12: el destinatario debe comunicar a la solución pública de la Agencia Tributaria el pago efectivo completo de cada factura, su fecha y la fecha de vencimiento, en un máximo de cuatro días naturales (sin contar sábados, domingos ni festivos nacionales). Si no rechaza la factura, se presume aceptada. El preámbulo de la Orden HAC/1028/2026 lo deja claro: el objetivo es contar con información fiable sobre los plazos de pago efectivos.
El calendario ya no es una previsión. La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre y en vigor desde el 6 de octubre de 2026, regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria y activa los plazos: el 6 de octubre de 2027 para las empresas cuyo volumen de operaciones superó los 8 millones de euros el año anterior, y el 6 de octubre de 2028 para el resto. Las personas físicas con hasta 8 millones deberán emitir y recibir facturas electrónicas en 2028.
Tres lecciones de quienes llegaron antes
- La primera beneficiaria es la Administración. Italia generalizó la factura electrónica B2B en 2019 y su brecha de IVA pasó, según estimaciones basadas en estudios de la Comisión Europea, de 33.400 millones de euros en 2018 a 21.400 millones en 2022, aunque el Ministerio de Economía italiano atribuyó la mejora también a otras medidas, como el split payment. En México, los ingresos declarados crecieron un 14 % en los tres años posteriores a la obligación y, en Perú, las ventas declaradas subieron un 7 % el primer año (BID-CIAT). Para las empresas, Bruselas estima que el paquete ViDA, basado en la factura electrónica, reducirá sus costes administrativos en más de 4.100 millones de euros al año. Ese beneficio no es automático: depende de cómo rediseñe cada empresa sus procesos.
- Quien no emite, recibe. Desde el 1 de septiembre de 2026, todas las empresas francesas deben poder recibir facturas electrónicas, aunque la emisión se escalona por tamaño: grandes empresas y de tamaño intermedio desde ahora, pymes y microempresas en 2027. En Polonia, el sistema KSeF obliga a recibir a todos desde febrero de 2026. Que el calendario escalone la emisión no significa que escalone el impacto.
- Las fechas se mueven y la tolerancia es temporal. Polonia aplazó su sistema, previsto para julio de 2024, tras detectar vulnerabilidades de seguridad en la plataforma, y no lo activó hasta febrero de 2026. Bélgica aplicó la obligación a todas las empresas a la vez en enero de 2026, con multas de entre 1.500 y 5.000 euros. Francia habla de benevolencia y tolerancia en el arranque, pero no de ausencia de obligación.
La pregunta incómoda
La pregunta para el CFO no es si el ERP sabe generar un archivo estructurado, sino qué mostraría un informe que cruzase, proveedor a proveedor, la fecha de vencimiento con la fecha real de pago. Ese informe existirá, y no solo dentro de la empresa: el vencimiento y el pago de cada factura se comunican a la Administración, y el proveedor conocerá su estado. Hay tres preparativos que no dependen de ninguna tecnología concreta: medir hoy el plazo real de pago frente al pactado; definir quién rechaza facturas y en cuánto tiempo, porque el silencio equivale a aceptación; y asignar un responsable de comunicar los estados en cuatro días. La factura electrónica no cambiará cuándo se paga; cambiará quién puede saberlo. Esa es la diferencia entre un proyecto informático y una decisión de tesorería.
